Calculadora de Gratificación
Calcula tu gratificación de julio o diciembre, con la bonificación extraordinaria del 9%, según tu régimen laboral.
¿Cómo se calcula la gratificación?
La gratificación equivale a una remuneración por cada semestre completo, otorgada de forma proporcional a los meses trabajados:
Al resultado se le agrega la bonificación extraordinaria (Ley 30334), que es el 9% de la gratificación —o 6.75% si estás afiliado a una EPS— y se entrega junto con ella.
Factor según el régimen
- Régimen general: gratificación completa (factor 1).
- Pequeña empresa (MYPE): media gratificación (factor ½).
- Microempresa (MYPE): no corresponde gratificación.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se paga la gratificación en el Perú?
Se paga dos veces al año: la gratificación por Fiestas Patrias hasta el 15 de julio, y la de Navidad hasta el 15 de diciembre. Cada una corresponde al semestre inmediato anterior (enero–junio y julio–diciembre).
¿Cómo se calcula la gratificación?
Se toma la remuneración computable (sueldo más los conceptos regulares, como la asignación familiar) y se otorga 1/6 por cada mes calendario completo trabajado en el semestre. A ese monto se le suma la bonificación extraordinaria del 9% (o 6.75% si estás en una EPS).
¿Qué es la bonificación extraordinaria del 9%?
Es un monto adicional equivalente al aporte que el empleador haría a EsSalud sobre la gratificación (9%). Por la Ley 30334, ese importe se entrega directamente al trabajador. Si el trabajador está afiliado a una EPS, la tasa es 6.75%.
¿Las microempresas pagan gratificación?
No. Los trabajadores de la microempresa (inscrita en el REMYPE) no perciben gratificación. En la pequeña empresa corresponde media gratificación (medio sueldo por semestre). En el régimen general se paga la gratificación completa.
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