LabōraProbar Labōra gratis

Calculadora de CTS

Calcula el depósito de tu Compensación por Tiempo de Servicios del semestre, según tu remuneración y tu régimen laboral.

Depósito de CTS
S/ 0.00
Remuneración computableS/ 0.00
Periodo6 mes(es)

¿Cómo se calcula la CTS?

La CTS se basa en la remuneración computable: tu sueldo mensual más un sexto de la gratificación.

Remuneración computable = Sueldo + (1/6 de la gratificación)
CTS del semestre = Remuneración computable × (meses ÷ 12 + días ÷ 360) × factor del régimen

Factor según el régimen

  • Régimen general: CTS completa (factor 1).
  • Pequeña empresa (MYPE): media CTS (factor ½).
  • Microempresa (MYPE): no corresponde CTS.

Recuerda que la CTS se deposita en la entidad financiera que elijas y constituye un fondo de respaldo ante el cese laboral.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se deposita la CTS?

La CTS se deposita dos veces al año: hasta el 15 de mayo (por el semestre noviembre–abril) y hasta el 15 de noviembre (por el semestre mayo–octubre).

¿Cómo se calcula la CTS?

Se calcula sobre la remuneración computable, que es tu remuneración mensual más 1/6 de la última gratificación. Por cada mes del semestre corresponde 1/12 de esa remuneración computable, y por cada día 1/360.

¿Por qué se suma 1/6 de la gratificación?

Porque la gratificación es parte de tu remuneración anual. Para la CTS se incorpora en forma de un sexto (1/6), que representa el promedio mensual de las gratificaciones dentro del semestre.

¿Las MYPE pagan CTS?

La microempresa no paga CTS. La pequeña empresa paga la mitad (½ CTS). El régimen general paga la CTS completa. El régimen depende de la inscripción de la empresa en el REMYPE.

Deja de calcular a mano

Labōra calcula gratificación, CTS, vacaciones y toda la planilla de tu empresa automáticamente, según su régimen, y genera las boletas al instante.

Crear mi cuenta gratis